Donald Guerrero y Jose Ramon Peralta, dos exministros imputados por casos de corrupción.

Donald Guerrero y José Ramón Peralta van hoy a corte en un intento por lograr su libertad

Ambos sometieron recursos pidiendo se revoque la prisión preventiva dictada por la jueza del juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, Kenya Romero

Por: RAMÓN CRUZ BENZÁN

Santo Domingo, R.D. – Donald Guerrero, pasado ministro de Hacienda, y José Ramón Peralta, exministro Administrativo de la Presidencia, principales implicados en el caso Calamar, buscan hoy obtener su libertad.

Los imputados acudirán ante la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, a las 9:00 de la mañana, donde se conocerá un recurso de apelación interpuesto en contra de la decisión que lo envía a Najayo, a por un periodo de 18 meses.

Los recursos fueron interpuestos por separados por los imputados en la presidencia de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que preside el magistrado Julio César Cano Alfau, quien mediante sorteo aleatorio apoderó a la Segunda Sala.

Donald Guerrero interpuso el recurso a través de sus abogados Eduardo Núñez, Mario Aguilera, Laura Rodríguez, María del Pilar Zuleta y Manuel Rodríguez, mientras que Ramón Peralta por sus abogados Emery Rodríguez y Santiago Rodríguez.

Ambos recursos buscan que se revoque la prisión preventiva dictada en su contra por la jueza del juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, Kenya Romero, quien dictó prisión preventiva, tras acoger el pedimento del ministerio público.

MODO Y TIEMPO

En la instancia la defensa de Donald Guerrero, alega que su cliente cumple con los presupuestos de modo y tiempo que establece la normativa procesal aplicable, para que se le varíe la medida de coerción, por otra medida menos gravosa.

El consejo de defensa del exfuncionario de Danilo Medina considera que el ministerio público no ha acreditado la existencia de peligro de fuga, a pesar de tener carga probatoria en ese sentido por efecto de la presunción de inocencia.

LOS ESTÁNDARES

Señalan que las pruebas aportadas por el imputado suplen cada uno de los estándares fijados por el artículo 229 del Código Procesal Penal para evaluar el peligro de fuga.

Destaca que el ente acusador no probó los supuestos objetivos que caracterizan el alegado peligro de obstaculización de la investigación.

Piden se declare la ilegalidad de la prisión de su cliente, porque habiéndose superado las 48 horas de su detención la autoridad jurisdiccional competente no emitió decisión sobre el levantamiento o no de la privación de libertad.

SUFICIENTES ARRAIGOS

De su lado, la defensa de Ramón Peralta sostiene que su cliente tiene suficientes arraigos en el sector agropecuario y agroindustrial, y que no representa peligro de fuga.

Piden a la Corte de Apelación revocar la decisión de la jueza Kenya Romero y dictar su propia sentencia, imponiendo una o varias de las medidas de coerción contenida en el artículo 226 del Código Procesal Penal.

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